## El caso


En 1969, una mujer de Texas identificada en el proceso como Jane Roe —Norma McCorvey— impugnó la ley estatal que castigaba el aborto salvo cuando fuera necesario para salvar la vida de la mujer embarazada. Roe sostuvo que esa prohibición invadía una esfera de decisión personal protegida por la Constitución. El demandado fue Henry Wade, fiscal del condado de Dallas.


El litigio llegó al Tribunal Supremo en un momento de cambios sociales, médicos y jurídicos. Algunos Estados habían comenzado a liberalizar sus leyes, mientras otros mantenían prohibiciones amplias. La Constitución estadounidense no menciona expresamente el aborto, de modo que la cuestión exigía decidir si la libertad protegida por la Decimocuarta Enmienda incluía esa decisión y cómo debía ponderarse frente a los intereses del Estado.


El conflicto reunía preguntas distintas: quién controla el cuerpo durante el embarazo, qué peso jurídico tiene la vida prenatal, cuándo puede intervenir el Estado y hasta dónde debe un tribunal reconocer derechos que no aparecen literalmente enumerados.


## Argumentos a favor


La impugnación defendía que decidir si continuar un embarazo pertenece al ámbito más íntimo de la autonomía personal. El embarazo transforma el cuerpo, la salud, las relaciones y el proyecto vital de la mujer. Obligar a continuarlo no equivale a una regulación ordinaria: supone imponer consecuencias físicas y sociales profundas.


El argumento constitucional se apoyaba en decisiones anteriores sobre matrimonio, anticoncepción, procreación, familia y crianza. Aunque la palabra «privacidad» tampoco aparece de forma literal en la Constitución, el Tribunal había reconocido que ciertas decisiones personales quedaban protegidas frente a la injerencia estatal. Desde esa línea doctrinal, la libertad no consistía solo en ausencia de encarcelamiento, sino también en poder adoptar decisiones fundamentales sin una justificación pública suficiente.


También se alegaba que las prohibiciones no eliminaban los abortos, sino que los desplazaban hacia la clandestinidad y distribuían sus riesgos de manera desigual. Las mujeres con recursos podían viajar o acceder a atención segura; las demás soportaban mayores peligros. La autonomía corporal se conectaba así con la igualdad material.


## Argumentos en contra


Texas defendía que el Estado posee un interés legítimo en proteger la salud materna y la vida prenatal. Si el feto tiene valor moral independiente, la decisión no afectaría únicamente a quien está embarazada. La ley podría intervenir para proteger un bien que no puede defenderse por sí mismo.


Otra objeción cuestionaba la base constitucional del derecho reclamado. Al no existir una referencia textual al aborto ni una tradición histórica de protección, reconocerlo podía entenderse como una creación judicial. Desde esta perspectiva, el desacuerdo moral debía resolverse mediante los parlamentos estatales, donde podían negociarse límites, excepciones y políticas sanitarias.


Además, fijar judicialmente etapas del embarazo exigía apoyarse en conocimientos médicos variables. Quienes criticaban esa solución afirmaban que un tribunal carece de legitimidad y competencia para convertir una determinada comprensión médica en regla constitucional para todo el país.


## La sentencia o resolución


El 22 de enero de 1973, el Tribunal Supremo resolvió por siete votos contra dos que la cláusula de debido proceso de la Decimocuarta Enmienda protegía una decisión suficientemente amplia para incluir la interrupción del embarazo. El derecho no era absoluto: debía ponderarse con los intereses estatales en la salud de la mujer y en la vida potencial.


La sentencia organizó esa ponderación mediante un marco trimestral. Durante la primera etapa, la decisión correspondía principalmente a la mujer y su médico. Después, el Estado podía regular el procedimiento en relación con la salud materna. A partir de la viabilidad fetal, podía prohibir el aborto, salvo cuando fuera necesario para preservar la vida o la salud de la mujer.


En 1992, *Planned Parenthood c. Casey* mantuvo la protección central antes de la viabilidad, pero sustituyó el marco trimestral por la regla de la «carga indebida». *Roe* permaneció durante casi medio siglo como precedente constitucional y como centro de una controversia política sostenida. En 2022, *Dobbs c. Jackson Women’s Health Organization* revocó *Roe* y *Casey*. Por ello, *Roe* debe entenderse tanto como una respuesta a la relación entre autonomía y poder estatal como un ejemplo de la fragilidad de los derechos construidos mediante interpretación judicial.


## Qué fue de Jane Roe


Jane Roe (Norma McCorvey) se encontraba en el segundo trimestre de embarazo, aproximadamente en el sexto mes, cuando presentó su demanda el 3 de marzo de 1970. Sin embargo, nunca llegó a abortar. La legislación de Texas se lo impidió y, mientras avanzaba el proceso judicial, dio a luz a una niña en 1970, que posteriormente fue entregada en adopción. Cuando el Tribunal Supremo dictó su histórica sentencia, el 22 de enero de 1973, habían transcurrido casi tres años desde aquel embarazo. Por tanto, *Roe contra Wade* no resolvió la interrupción del embarazo de McCorvey, sino que estableció una doctrina constitucional aplicable a otras mujeres.


## Fuentes


- Tribunal Supremo de Estados Unidos, *Roe v. Wade*, 410 U.S. 113 (1973): [https://www.loc.gov/item/usrep410113/](https://www.loc.gov/item/usrep410113/)

- Tribunal Supremo de Estados Unidos, *Planned Parenthood v. Casey*, 505 U.S. 833 (1992): [https://www.loc.gov/item/usrep505833/](https://www.loc.gov/item/usrep505833/)

- Congressional Research Service, *Constitution Annotated*, aborto y Constitución: [https://constitution.congress.gov/browse/essay/amdt14-S1-6-1/ALDE_00013276/](https://constitution.congress.gov/browse/essay/amdt14-S1-6-1/ALDE_00013276/)